La pensión de sobrevivencia es un beneficio previsional que tienen derecho a recibir los familiares del afiliado fallecido. Conoce quiénes son los beneficiarios y los requisitos para acceder a este importante beneficio.
¿Qué es la Pensión de Sobrevivencia?
La pensión de sobrevivencia es el beneficio que permite que, ante el fallecimiento de un afiliado o pensionado, sus beneficiarios puedan acceder a una pensión mensual. Este beneficio se financia con los fondos acumulados en la cuenta de capitalización individual del afiliado fallecido.
¿Quiénes son los beneficiarios?
Cónyuge
Viudo(a)
- Cónyuge sobreviviente: Tiene derecho a pensión sin importar la edad
- Debe haber estado casado al momento del fallecimiento
- Si la viuda está embarazada, extiende beneficios
Hijos
Hijos del afiliado
- Menores de 18 años: Sin requisitos adicionales
- 18 a 24 años: Estudiantes de educación superior
- Cualquier edad: Con invalidez total
Padres
Padre y/o madre del afiliado
- Solo si no hay cónyuge ni hijos beneficiarios
- Deben ser cargas familiares reconocidas
- Se divide el 50% entre ambos padres
Conviviente
Unión civil o hecho
- Unión civil inscrita (ACU)
- Conviviente civil tiene los mismos derechos que cónyuge
- Conviviente de hecho: requiere acreditación
¿Cuánto es el monto de la pensión?
Porcentajes de la Pensión
Según tipo de beneficiario
| Beneficiario | Porcentaje |
|---|---|
| Cónyuge sin hijos | 60% |
| Cónyuge con hijos | 50% |
| Hijos (por cada uno) | 15% |
| Padres (cada uno) | 25% |
| Máximo total | 100% |
¿Cómo tramitar la pensión de sobrevivencia?
Reunir documentación
Certificado de defunción, certificado de matrimonio, partida de nacimiento de hijos, y documentos de identificación.
Acudir a la AFP
Presentar la solicitud en la AFP donde estaba afiliado el fallecido. Si era pensionado, en la institución que pagaba su pensión.
Evaluación y resolución
La AFP tiene un plazo de 10 días hábiles para resolver la solicitud y determinar los beneficiarios y montos correspondientes.
Inicio del pago
Una vez aprobada, la pensión comienza a pagarse desde el mes siguiente a la solicitud, con retroactividad si corresponde.
Importante
El derecho a pensión de sobrevivencia prescribe a los 5 años contados desde el fallecimiento del afiliado. Si pasaste este tiempo, podrías perder el derecho a cobrar pensiones retroactivas.
¿Necesitas asesoría para tramitar una pensión de sobrevivencia?
Te ayudamos a verificar si eres beneficiario, calcular los montos que te corresponden y guiar todo el proceso de tramitación.
